El régimen rige para las inversiones productivas realizadas entre el 1ero de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018. Se puede hacer en forma online desde cualquier rincón del país.
Las PyMEs ahora pueden descontar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de sus inversiones, y acceder a un bono de crédito fiscal para pagar impuestos nacionales.

“Estamos ayudando a que las PyMEs argentinas puedan crecer y sean cada vez más competitivas. Queremos premiar a las empresas que invierten”, afirmó el secretario de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción, Mariano Mayer.

Las empresas pueden computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de la inversión en bienes de capital y obras de infraestructura; y en la medida que permanezca el crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA, pueden recibir un bono de crédito fiscal para descontar contra deudas impositivas y aduaneras.

Para acceder, las PyMEs deben estar inscriptas en el Registro PyME (www.afip.gob.ar/pymes) y tener habilitada la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar).

La presentación puede realizarse durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio en el que la PyME realizó las inversiones. Las empresas que cerraron sus ejercicios hasta el mes de noviembre de 2016 podrán presentar la información, por única vez, hasta el 28 de abril de 2017. El beneficio aplica para las inversiones productivas realizadas entre el 1ero de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018.

El Registro PyME cuenta con más de 220 mil pequeñas y medianas empresas registradas que ya acceden a los beneficios vigentes de la Ley PyME que eliminó impuestos, aumentó las posibilidades de financiamiento y simplificó la vida de las empresas para ayudarlas a generar más y mejor empleo.

Para registrarse se debe seguir el tutorial en www.produccion.gob.ar/beneficios-pyme.

Entre los beneficios, está el alivio fiscal, la eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, la compensación del Impuesto a Créditos y Débitos bancarios como pago a cuenta de Ganancias. 100% para micro y pequeñas empresas, y 50% para medianas tramo 1 industriales, el diferimiento del pago del IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas, menos retenciones

Se elevaron además los umbrales de retención de IVA, en 135%, y de percepción de Ganancias, en 400%.
Para las micro empresas se otorgan certificados de no retención de IVA automáticos a partir de dos meses con saldo a favor de libre disponibilidad.

Más crédito

Se amplió también el cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14 al 15.5%.