Subió un 3,3 por ciento el precio dólar de referencia, y excluyó de la restricción en las subas a las transacciones que no tengan como destino final el abastecimiento por medio de estaciones de servicio.
Por medio del decreto 601 emitido este lunes en el Boletín Oficial se tomó una seria de medidas para atenuar el impacto en el sector petrolero de las medidas tomadas por el decreto 566 que, para morigerar el impacto de la suba del dólar tras el resultado de las PASO, congeló el precio de los combustibles por 90 días al tomar como referencia el que fue pactado el 9 de agosto pasado.
Por un lado, se elevó de 45,19 pesos a 46,69 el precio del dólar tomado como referencia para las operaciones con crudo llevadas a cabo en el mercado local.
En tanto, se estableció que que el tope en el precio de las naftas y el gasoil será para que los productos «que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019».
En sus considerados, el decreto fue justificado «como un primer paso para normalizar la fijación de precios del sector y no afectar el empleo, la actividad, la producción y las inversiones».