Editorial Daniel González | La reforma laboral propone reemplazar la indemnización por despido pagada por el empleador por un fondo financiero colectivo. Aunque el monto legal se mantiene, el derecho deja de ser directo y pasa a depender de la solvencia del sistema.
El Fondo de Asistencia Laboral no es una cuenta individual del trabajador y se financia con aportes que hoy sostienen la seguridad social. En contextos de crisis, cuando aumentan los despidos, el fondo puede desfinanciarse.
Esto abre la puerta a rescates estatales con recursos públicos. El esquema introduce intermediación financiera y comisiones. Se traslada el riesgo empresario al trabajador y al Estado. El cambio plantea dudas sobre la protección contra el despido prevista en el artículo 14 bis de la Constitución.









