La Justicia hizo lugar al pedido del Defensor del Pueblo Guido Lorenzino. Ordenó que la Agremiación Médica Platense asegure la continuidad del convenio; y mantenga las prestaciones a las y los afiliados del Instituto Obra Médico Asistencial.
El juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 rechazó la decisión de la AMP de atender como particulares a las y los afiliados del IOMA. Y ratificó el acuerdo celebrado por las partes en el ámbito de la Defensoría como mediadora. Se retrotrajo el convenio al 6 de julio y se decidió mantener su vigencia más allá de resultado de las negociaciones.
En ese sentido, el Juzgado expresó que “debe asegurarse no sólo que continúen las negociaciones a fin de arribar a un acuerdo entre las partes. También que el universo de afiliados al IOMA que requiera los servicios, la atención y/o la consulta médicos de los agremiados de la AMP; sean atendidos como afiliados a dicho Instituto con las coberturas correspondientes conforme el convenio vigente”.